En ocasiones, los trabajadores confunden la renuncia voluntaria con el despido, pero las consecuencias legales y económicas son muy distintas.
Renuncia Voluntaria
En la renuncia voluntaria el trabajador decide terminar la relación laboral, decide marcharse de la empresa.
En el caso de la renuncia voluntaria el trabajador NO TIENE DERECHO ni a indemnización ni a prestaciones de desempleo o paro.
Si le corresponde al trabajador cobrar el finiquito, es decir, los días del mes en curso hasta que se produce la fecha de efectos de la renuncia, la parte proporcional de pagas extras si no están prorrateadas, y los días de vacaciones no disfrutados .
La baja voluntaria ha de solicitarse con un preaviso de 15 días a la empresa, salvo acuerdo entre las partes de un plazo menor, o de un plazo mayor establecido en el convenio colectivo de aplicación, o estipulado por las partes en el contrato de trabajo.
Nunca firmes una renuncia si realmente te están despidiendo
Despido
En el caso de un despido, es la empresa la que pone fin al contrato.
Dependiendo del tipo de despido habrá o no indemnización, así:
Despido Objetivo
- Por causas organizativas
- Por causas productivas
- Por causas económicas
El despido objetivo puede tener causas económicas, organizativas o productivas.
En un despido objetivo la indemnización que corresponde es de 20 días por año de trabajo, con un máximo de 12 mensualidades.
También le corresonde al trabajador un preaviso de 15 días, que se lo pueden conceder o bien como plazo, o bien abonando la cantidad correspondiente a dichos 15 días.
Con un despido objetivo el trabajador tiene derecho a la prestación de desempleo si cumple lo resquisitos de cotización previstos.
Despido Disciplinario

El despido disciplinario se produce cuando la empresa alega incumplimientos o faltas del trabajador para justificar su despido.
En el despido disciplinario el trabajador no tiene derecho a ninguna indemnización, ni a preaviso.
Si le corresponde finiquito, que incluye los días trabajados del mes en curso, la parte proporcional de pagas extras no abonada y las vacaciones debidas.
Despido improcedente
Ten en cuenta que, aunque lo que te dicen en la carta de despido sea cierto, el despido puede ser improcedente.
También es improcedente si no se cumplen ciertos requisitos procesales, si no te han dado opción de alegar o si directamente te han dado de baja en seguridad social sin carta de despido, … etc.
¿Crees que tu despido puede ser improcedente? Contacta conmigo para una evaluación de tu caso.